Delito de Amenazas

Delito de Amenazas

¿Qué son las amenazas?

Las amenazas son acciones penales que se configuran cuando una persona anuncia a otra la intención de causarle un mal, que está en su mano realizar, de manera condicional o incondicional. Este tipo de conductas está orientada a infundir un temor o inquietud en la víctima, pudiendo afectar su libertad personal y sentido de seguridad individual.

¿Dónde se regula el delito de amenazas?

Este tipo de delito se regula principalmente, entre los Artículos 296 a 298 del Código Penal. Estas normas se encargan de regular las amenazas de atentado contras las personas y propiedades.

¿Qué se requiere para configurar un delito de amenazas?

Los elementos para configurar un delito de amenazas son:

  • Existencia de una declaración de voluntad.
  • Mal posible y realista.
  • Intimidación.

¿Cuáles son los tipos de amenazas y Penas en Chile?

Los tipos de amenazas que existen en Chile son:

  • Amenazas de un mal constitutivo de delito. Son aquellas que proponen causarle mal a otra persona, a su familia o a quienes estén vinculados. Incluyen delitos tales como lesiones, homicidio, aborto, torturas, entre otros.La pena asociada dependerá de si la amenaza se realiza de manera condicional o no:
  • Si la amenaza se realiza de manera condicional y se cumple el propósito de la condición, la pena es presidio menor en su grado medio a máximo.
  • Si no se consigue el propósito de la condición, la pena asociada es presidio menor en su grado mínimo a medio.
  • Amenazas no condicionales de un mal constitutivo de delito o también conocidas como amenazas simples: estas amenazas se castigan con presidios menor en su grado mínimo.
  • Amenazas de un mal que no constituye delito: son aquellas que nos llevan aparejado ningún otro delito, pero que son efectuadas exigiendo una cantidad o imponiendo una condición y legítima. La pena que lleva asociada es la de reclusión en su grado mínimo a medio.

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